Conoce más sobre la “Ley Karin”
Esta legislación busca prevenir, investigar y sancionar casos de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.
Promulgada y publicada en enero de 2024, la ley N°21.643, conocida como “Ley Karin”, entrará en vigencia desde el 1 de agosto próximo, entregando un marco legal orientado a ampliar significativamente la protección a los trabajadores, abarcando un espectro más amplio de situaciones potencialmente perjudiciales.
La “Ley Karin” surge como respuesta al caso de Karin Salgado, quien trabajaba como técnica en enfermería y que se quitó la vida en 2019, como consecuencia del constante acoso laboral que recibía. A partir de este hecho, se legisló para modificar el Código del Trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.
Según destaca el sitio de la Subsecretaría de Previsión Social, esta legislación establece tres medidas principales:
-Incorpora nuevas definiciones legales y perfecciona las existentes, como son el acoso laboral, el acoso sexual, la violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, y la no discriminación, además de incorporar la perspectiva de género en las relaciones laborales de manera explícita en el Art. 2 del Código del Trabajo.
-Se refuerza el rol de la Dirección del Trabajo (DT) y de la Contraloría General de la República en los correspondientes procedimientos de investigación, con el objetivo de dar garantías a los y las denunciantes.
-Establece como obligación de las empresas y de los órganos del Estado un protocolo de prevención del acoso laboral y/o sexual y la violencia en el trabajo, reforzando un enfoque preventivo el que estaba ausente en la regulación. Esto debe realizarse bajo las directrices establecidas por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
La académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Finis Terrae, Lucía Debesa, expresa que esta ley “constituye una oportunidad y un llamado para que tanto empleadores como trabajadores reflexionen sobre un aspecto fundamental en las relaciones laborales, que es la centralidad de la persona. En el trabajo se relacionan personas y las personas no son solo medios, son fines en sí mismas”.
Sobre la implementación de la ley, Lucía Debesa sostiene que las empresas deberán “poner en conocimiento el protocolo de prevención respecto de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo y el procedimiento de investigación y sanción. Debe incorporar en el reglamento interno este protocolo”.
Capacitación para colaboradores de la U. Finis Terrae
En este contexto, la Universidad Finis Terrae desarrolló durante el mes de julio una capacitación online para todos los colaboradores de la institución, realizada por el proveedor OTEC Celeris y donde ha participado más del 70% de la dotación de la universidad, indicador positivo para este tipo de actividades.
Esta instancia obligatoria es importante para entregar un conocimiento básico de lo que trata la ley y su impacto en el desarrollo de las actividades diarias de la comunidad universitaria. Junto a esto, se están realizando workshops destinados a jefaturas de las distintas áreas de nuestra institución, donde se busca profundizar en este tema y fomentar espacios de trabajos respetuosos, más allá de la ley.
“Nuestra universidad siempre se ha caracterizado por relevar la centralidad en la persona y estas capacitaciones ayudan a no perder ese foco”, indica indica Carolina Lagos, jefa de la Dirección de Personas, quien agrega que “desde el año pasado se ha estado trabajando, por parte de la Oficina de Promoción de la Dignidad de la Persona, en fomentar la cultura del respeto en todos los estamentos de la universidad, algo que se debe seguir promoviendo de manera constante”.
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