Facultad de Derecho realizó seminario “Nueva Ley de delitos ambientales (Ley N° 21.595): principales modificaciones al código penal e implicancias para la empresa”
La actividad contó con las exposiciones del Subdirector de Unidad de Delitos Económicos y Medio Ambientales de la Fiscalía Nacional, Andrés Salazar; la destacada académica en Derecho Penal, María Cecilia Ramírez y el Director de Postgrados de nuestra Facultad, Alejandro Leiva.
En la ponencia inicial, la académica en Derecho Penal, máster en Derecho Penal y Ciencias Penales por la Universidad de Barcelona (España), María Cecilia Ramírez Guzmán, abordó los aspectos generales de la Ley N° 21.595, en relación a la regulación de los delitos medioambientales.
“La importancia de la Ley N° 21.595 en materia de delitos ambientales es fundamental porque a partir de su entrada en vigencia, Chile ha transitado de un sistema de prescindencia, vale decir, de no tener un delito de contaminación o un delito contra el medioambiente propiamente tal, a un sistema que sí cuenta con este delito, con carácter general. Antes teníamos una que otra tipificación específica por elementos del medioambiente o bien por el territorio, la zona geográfica, como era lo que acontecía con el estatuto antártico. A partir de estas modificaciones podemos decir que ya hemos evolucionado y contamos con un delito de contaminación general, tanto en la forma dolosa como culposa”, explicó la académica.
Asimismo, en su exposición, abordó en detalle artículos de la nueva ley que establecen la creación del delito ya señalado, el reforzamiento del sistema de gestión ambiental al sancionar su burla y entorpecimiento y el establecimiento de delitos base de responsabilidad penal de la persona jurídica.
Por su parte, Andrés Salazar Cádiz, Subdirector de Unidad de Delitos Económicos y Medio Ambientales de la Fiscalía Nacional y Magíster en Derecho Penal por la U. de Barcelona y la Universidad Pompeu Fabra (España), abordó la determinación de la pena en la nueva Ley N° 21.595, cambio legal que calificó como “paradigmático en el sistema penal chileno”, además de “todo aquello que está vinculado con la responsabilidad directa de la persona jurídica, o indirecta de las personas que ejercen funciones o tienen una posición al interior de la persona jurídica, en relación al estatuto autónomo de la Ley de Delitos Económicos, el tratamiento más gravoso y severo que recae sobre ellos a partir de esta modificación”.
En su ponencia, abordó distintos puntos de la nueva ley desde una perspectiva práctica, un cambio legal que “va a ser costoso tanto para los fiscales como para los tribunales y defensores, porque nos enfrentamos a una nueva forma de litigar en el derecho penal, con nuevas consecuencias”, señaló, antes de abordar en detalle el régimen punitivo y cuestiones de intervención delictiva en la nueva ley.
Finalmente el Director de Postgrados de la Facultad de Derecho de la U. Finis Terrae, doctor Alejandro Leiva López, expuso sobre el fundamento material de los delitos medioambientales y el principio de non bis idem. En su ponencia, el profesor además abordó aspectos relacionados a la técnica legislativa de la nueva ley, la autonomía del derecho penal, su interdependencia con otras ramas del ordenamiento jurídico y los problemas de la duplicidad de sanciones.
“El legislador, al momento de consagrar las nuevas figuras penales ambientales lo hace sin consideración, o conscientemente, de que existe toda una normativa dispersa en el ordenamiento jurídico penal que ya contemplaba ilícitos medioambientales, y simplemente solapa esta nueva legislación sobre lo que ya existía (…) y eso va ir dando cuenta, a medida que vayamos aplicando la ley, de ciertos problemas que se puedan generar a partir de este solapamiento”, señaló.
Puede ver el seminario completo en este enlace.