Las Últimas Noticias | Profesor Manuel de la Castilleja explicó la normativa que regula el trabajo en el caso de los menores de edad
“El principio general es que el legislador, a fin de proteger a los niños de la explotación infantil, ha tratado de limitar al máximo el trabajo de los niños, niñas y adolescentes”, explicó el docente en relación al espíritu de la ley que regula esta situación.
Asimismo, el profesor de Derecho Laboral de la Facultad de Derecho de la U. Finis Terrae explicó que “todos los mayores de 15 años pueden prestar servicios, siempre que cuenten con autorización notarial de sus padres o de quien tenga el cuidado personal, se acredite que están cursando su educación básica o media, en una jornada laboral que no supere las 30 horas semanales, distribuidas en jornadas diarias de 6 horas en época escolar y hasta en 8 horas en vacaciones, sin que se puedan superar las 12 horas en total, sumando las horas de estudio a las horas de trabajo; y siempre y cuando el trabajo que realizará el adolescente sea calificado como trabajo adolescente protegido”.
Puede leer la nota completa en este enlace.
Publicado en: