El docente además agregó que “la única excepción que establece el ordenamiento jurídico es razones de seguridad e interés nacional, caso en el cual se puede invocar el secreto o reserva. De esta forma, pueden existir reuniones o conversaciones que ciertamente se encuentren excepcionadas de la publicidad, como ocurre en materia de relaciones internacionales o también de seguridad nacional”.
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