Profesora Ángela Arenas presentó investigación sobre padres que se opusieron a la vacunación infantil en pandemia

La Dra. Arenas presentó su trabajo durante las IX Jornadas Nacionales de Derecho de Familia realizadas este año en la Universidad Católica de la Santísima Concepción.

Publicado el 1 de julio, 2025 · 2 min lectura

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En el contexto de la obligatoriedad de la vacunación contra el COVID-19 y la influenza declarada por la autoridad durante la pandemia, grupos de padres a lo largo de todo Chile presentaron recursos de protección para evitar que sus hijos fueran vacunados contra dichas enfermedades, argumentando una vulneración de garantías como el derecho a la vida y la integridad física o la igualdad ante la ley, y la libertad de conciencia, entre otros argumentos.

A partir de ello, la profesora Arenas analizó las sentencias de las Cortes de Apelaciones de Coquimbo, Valparaíso y Coyhaique que resolvieron estos recursos de protección, demostrando que dichas cortes consistentemente rechazaron los recursos, usando un criterio “que altera las reglas generales en materia de infancia, en relación con el derecho del niño a ser oído de distintas maneras, y también respecto de los padres en cuanto al derecho de educar a sus hijos, de tomar ciertas decisiones respecto a sus hijos”, explica la académica.

El trabajo, que fue presentado en las IX Jornadas Nacionales de Derecho de Familia realizadas este año en la Universidad Católica de la Santísima Concepción, concluye que los tribunales establecieron claramente que en un contexto de emergencia sanitaria “prevalece el bien común por sobre el bien particular. No obstante, es necesario recalcar la importancia del actuar sanitario coordinado, que involucre la información y adecuada persuasión, así como el monitoreo de la vacunación en hospitales y territorios”, señaló la Dra. Arenas.

“El procedimiento de consentimiento informado en pediatría para niños, en relación a vacunas, estaría sujeto a una reflexión competente del médico, relativa a la valoración de sus condiciones de salud y la información completa y clara de los padres en el ámbito de la alianza terapéutica (Ley 20.584)”, agregó.