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La Segunda | Profesores Jaime Phillips y Rodrigo Poyanco advierten sobre “caos administrativo” que norma transitoria podría generar en el eventual proceso de implementación de nueva Constitución

“Esta situación aumentará la incerteza y el caos, y es una verdadera abdicación del propósito de mantener la legalidad vigente para implementar las nuevas normas en forma ordenada”, advirtieron los docentes en su columna.

Publicado: Julio 18, 2022

Le invitamos a leer la columna completa a continuación.

Nueva Constitución y caos administrativo

La disposición segunda transitoria de la propuesta de nueva Constitución permite la pervivencia de normas legales anteriores a su aprobación, mientras no sean derogadas expresamente por los órganos legislativos o declaradas inconstitucionales por la Corte Constitucional. En principio, se trata de una buena noticia, que debiera otorgar seguridad jurídica sobre cuál será el derecho vigente en el periodo —de por sí difícil— de implementación de la eventual nueva carta fundamental.

El problema es que dicha norma transitoria borra con el codo lo que escribió con la mano. Esto porque a continuación agrega que: “[a] partir de la publicación de la Constitución, los jefes de servicio de los órganos del Estado deberán adaptar su normativa interna de conformidad con el principio de supremacía constitucional” (cursivas nuestras). En otras palabras, cuando se trate de esa “normativa” los jefes de servicio —muchos de ellos, nombrados por el propio Poder Ejecutivo— podrán, desde ese momento, obviar a la normativa legal perviviente que los vincula y la labor adecuatoria del Congreso.

Sin embargo, esa “normativa interna” se refiere también a cómo los organismos públicos cumplen con sus funciones y, por tanto, a su relación con la ciudadanía. Una modificación inopinada de esas normas ciertamente puede afectar derechos fundamentales de las personas, en ámbitos tan importantes como el tributario, planes de fiscalización, protocolos, pensiones o urbanístico, entre muchos otros.

Así las cosas ¿regirán las normas legales que, en teoría, mantienen su vigencia no obstante el cambio constitucional, o la dispersa y heterogénea interpretación de la Constitución que realicen, por sí y ante sí, los distintos organismos burocráticos? Esta situación aumentará la incerteza y el caos, y es una verdadera abdicación del propósito de mantener la legalidad vigente para implementar las nuevas normas en forma ordenada. Parece obedecer, más bien, a una ansiedad de los constituyentes de aplicar el contenido de la nueva Constitución de modo automático, sin orden, y sin considerar al Congreso Nacional.

Rodrigo Poyanco Bugueño
Jaime Phillips Letelier
Profesores de Derecho Público
Universidad Finis Terrae