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Debaten sobre alcances del Acuerdo de París en Seminario Internacional de la Facultad de Derecho

Las académicas argentinas Lilian Del Castillo -de la UBA- y Slata Drnas -de la Universidad de Córdoba- expusieron en la actividad.

Publicado: Octubre 10, 2017

Dos destacadas catedráticas argentinas -especialistas en Derecho Internacional Público- fueron parte del Seminario “Comercio Internacional y cambio climático: Los desafíos del Acuerdo de París”, que organizó la Facultad de Derecho de la Universidad Finis Terrae, donde se discutieron los nuevos compromisos internacionales que se están suscribiendo para enfrentar multilateralmente el problema del calentamiento global. La académica de la Universidad de Buenos Aires, Lilian Del Castillo, y la profesora emérita de la Universidad Nacional de Córdoba, Slata Drnas de Clement, estuvieron en Chile para el evento en que también participó la experta en Derecho Ambiental, Andrea Lucas, y que fue moderado por la profesora de la Escuela, Lucía Rizik.

En su ponencia “El Acuerdo de París en Cambio Climático”, la Dra. Del Castillo expuso las implicancias de este protocolo histórico que en 2015 firmaron 195 países en la capital francesa, para apuntar al desarrollo de un planeta más sostenible mediante cambios en la economía mundial. Un acuerdo que en su momento fue propiciado por Estados Unidos, cuando Barack Obama era Presidente, pero que hoy es puesto en duda por el actual mandatario Donald Trump, por considerarlo malo y “un invento de los chinos”.

La experta de la UBA planteó que a Estados Unidos -en el fondo- no le interesa el tema, por lo tanto no trabaja para evitar los efectos de Cambio Climático, sino que más bien reacciona porque el tema se lo demanda su cuidadanía. De todas maneras, considera peligroso el “mensaje de que no participe o no le interesen los acuerdos sobre disminución del efecto invernadero. Estados Unidos no va a cambiar su política interna por estar o no estar dentro del Acuerdo de París, sino que lo que haga será por decisión de su propia política interna. Pero lo complejo es que ese efecto negativo puede ser en cascada, porque otros países también podrían hacer lo mismo y esos países a lo mejor no tienen la demanda de su ciudadanía para tomar esas medidas”.

Hoy día la gran pregunta, según Lilian Del Castillo, es qué pueden hacer los países que siguen siendo parte del Acuerdo de París, que son todo el resto. La académica sugiere que podría haber sanciones de la comunidad internacional, como “limitar el comercio con un país que es refractario a aceptar las obligaciones internacionales con respecto a Cambio Climático, porque el hecho de que no las quiera contraer frente a la comunidad internacional ya es una actitud negativa y entonces eso puede hacer que los países que sí cumplen, tomen medidas comerciales contra Estados Unidos”.

COOPERACIÓN, LA GRAN HERRAMIENTA

Por su parte, la profesora Slata Drnas partió explicando el alcance de los acuerdos en el concierto global, donde “un contrato es internacional cuando está referido a más de un ordenamiento jurídico estatal y ahí se abre un abanico enorme en que incluso entran los acuerdos de inversiones. Las areas comerciales que involucra son aquellas en las que participa al menos una de las partes -o ambas- como Estado, es decir involucra al Derecho Internacional Privado y a veces, al  Internacional Privado y Público, juntos”.

La docente de la Universidad Nacional de Córdoba explicó que cualquiera sea la naturaleza del acuerdo -bilateral, multilateral, regional, etcétera- siempre se piensa primero en cómo proteger al inversor y no al medio ambiente. “Cuando un Estado tiene que hacer frente a la adaptación o a la mitigación, prácticamente se ve coaccionado a no poder hacerlo, porque se considera que ha faltado al trato justo o equitativo, o bien ha hecho una expropiación indirecta. Casi todos los arbitrajes lo han entendido así”, dijo la catedrática.

“El Nafta fue el primer acuerdo de libre comercio donde hubo un texto lateral al principal para tratar el tema del medio ambiente, en el que se creó un comité de supervisión, con participación ciudadana y posibildad de quejas”, expuso Slata Drnas, quien invitó al mundo privado a tomar un rol principal en la protección del ambiente: “¿Hasta qué punto las empresas podrían hacer su aporte al cambio climático? Si no lo hacen, aparecen los riesgos y el daño a este tipo de inversiones -según estimaciones recientes- podría importar unos 4,5 billones de dólares”.

Por su parte, la investigadora Andrea Lucas enumeró tres herramientas comerciales que pueden ser útiles a los Estados que se interesen en luchar contra el Cambio Climático: apoyarse en el Sistema de Solución de Controversias de la Organización Mundial de Comercio, OMC; hacer uso del Acuerdo de Bienes Ambientales de la Ronda de Doha; e incluir capítulos sobre Cambio Climático en los acuerdos comerciales que suscriban. “Los países desarrollados están tomando medidas para enfrentar el Cambio Climático que podrían afectar al comercio internacional al final del día, pero en el caso de los países en desarrollo, la situación es más compleja porque están obligados a adoptar esas medidas de protección, mitigación y adaptación, y a la vez tienen la obligación de desarrollarse”, sostuvo la académica de Derecho Ambiental.

“El tratamiento multilateral del cambio climático, entonces, exige asegurar que la cooperación siga siendo la gran herramienta, porque la no implementación de medidas en común va a llevar al cierre de mercados para las empresas, los inversores y los trabajadores” finalizó la profesora Lucas, en el Seminario Internacional de la Universidad Finis Terrae.

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