El Mercurio | Profesor Enrique Navarro analizó el auto acordado de la Corte Suprema que regula el proceso de apelación respecto a expulsiones de extranjeros
“La jurisprudencia del TC ha estimado que la Corte Suprema tiene amplias facultades constitucionales para dictar autos acordados frente al silencio legislativo y en uso de su superintendencia económica”, señaló el docente.
En relación a la entrada en vigencia, el próximo 7 de septiembre, del auto acordado dictado por el pleno de la Corte Suprema mediante el cual se regula la presentación y tramitación para los recursos de apelación en contra de sentencias de las cortes de Apelaciones, relacionadas a expulsiones de ciudadanos extranjeros en el marco del mecanismo establecido en la Ley 21.325 sobre migración y extranjería, El Mercurio consultó sobre esta materia a un grupo de expertos constitucionalistas. Entre ellos, al profesor de la Facultad de Derecho de la U. Finis Terrae y exministro del Tribunal Constitucional (TC), Enrique Navarro Beltrán.
En el reportaje, el académico señaló que “los procedimientos deben ser regulados por normas de carácter legal, pero la aplicación de las normas no debe sujetarse a leyes que perfectamente pueden no dictarse por años, como ha ocurrido en muchos casos.
Los tribunales, además, en virtud del principio de inexcusabilidad deben conocer y resolver todos los conflictos. Lo que el TC cuestionó en su momento fue que la materia se resolvía en única instancia, dado que uno de los elementos de un justo y racional proceso es la existencia de mecanismos de impugnación adecuados”.
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