Dicha línea interpretativa, explicó el académico de la Facultad de Derecho de la U. Finis Terrae, reconoce «que afectaciones indirectas o consecuenciales al derecho a la libertad personal pueden tener la idoneidad suficiente para quedar cubiertas por la acción de amparo constitucional».
Puede leer el reportaje publicado por diario La Tercera, en este enlace.