Por su parte, el profesor Gustavo Balmaceda explicó que el marco normativo chileno, particularmente la Ley 20.066 de Violencia Intrafamiliar, la Ley 20.609 (Ley Antidiscriminación), y las políticas públicas promovidas por el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, establecen la protección y asistencia a las personas que denuncian hechos de connotación sexual.
“Desde una perspectiva de políticas públicas y derechos humanos, es recomendable que el Gobierno garantice el acceso a atención psicológica para cualquier denunciante de hechos de connotación sexual. Esto no implica prejuzgar la veracidad de la denuncia, sino resguardar el bienestar emocional de la persona que decide someterse a un proceso que, por su naturaleza, puede ser altamente invasivo y desgastante”, agregó.
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