En un reportaje publicado por Las Últimas Noticias, el académico de la Facultad de Derecho de la U. Finis Terrae, Jorge Fiol Quinlan, explicó lo señalado por el Código Penal en relación a ambos actos, concluyendo que “actualmente la persona que comete una usurpación de inmueble, tanto violenta como no violenta, tendría una sanción de multa solamente, sustantivamente inferior al presidio por el robo de un celular».
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