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Profesor Joaquín Reyes Barros expuso en las XIX Jornadas Nacionales de Derecho Civil

En el congreso académico, organizado este año por la UC, el docente expuso sobre “Indemnización de daño futuro: ¿un paso adelante en la dirección equivocada?”.

Publicado: Mayo 24, 2023

 

Encuentro anual que tiene por objetivo fomentar el debate académico “sobre temas específicos, contingentes y problemáticos” en materias vinculadas a la disciplina, las XIX Jornadas Nacionales de Derecho Civil reunieron a casi un centenar de docentes expertos en diversas temáticas de esta área del derecho, en el Campus Villarrica de la Pontificia Universidad Católica de Chile.En la instancia, el profesor e investigador de la Facultad de Derecho de la Universidad Finis Terrae, doctor Joaquín Reyes Barros presentó su ponencia “Indemnización de daño futuro: ¿un paso adelante en la dirección equivocada?”, trabajo que tuvo por objeto articular una noción de daño futuro, analizar las dificultades conceptuales y prácticas que existen para su indemnización, y las soluciones a dichas dificultades que se han propuesto tanto por la doctrina como por la jurisprudencia, explicó el docente.

“Además, la ponencia sugiere que la indemnización de este tipo de daño, si bien constituye un avance desde el punto de vista de la función reparadora de la responsabilidad civil, también agudiza los efectos redistributivos regresivos propios de un derecho de daños centrado exclusivamente en la reparación”, agregó el doctor Reyes.

—¿Por qué se interesó en ese tema de investigación? ¿Cuál es su relevancia en el ámbito jurídico?

—Me atrajo el interés teórico que suscita dentro del ámbito de la responsabilidad civil, pues indemnizar el daño futuro supone redefinir la noción clásica de daño indemnizable como daño cierto. En efecto, puesto que lo futuro nunca es plenamente cierto, en principio uno podría llegar a la conclusión de que el daño futuro no debiera indemnizarse. Sin embargo, lo que llama la atención es que el desarrollo moderno del derecho de daños ha apuntado más bien en la dirección opuesta, considerando que tal daño sí debe ser reparado.

Su relevancia en el ámbito jurídico es grande, puesto que la jurisprudencia chilena (con excepciones, por cierto) tiende a rechazar la indemnización del daño futuro, a la vez que concede sumas exageradas de daño moral. Una aceptación del daño futuro como daño indemnizable podría permitir trasparentar las razones detrás de los montos indemnizatorios que piden los tribunales, en vez de cargar todo lo que no es daño emergente a la categoría de “daño moral”.

—¿Qué destacaría, en términos generales, de estas jornadas?

—Destacaría, en primer lugar, la excelente organización de la Pontificia Universidad Católica de Chile y el Comité a cargo de la profesora Carmen Domínguez y de los profesores Jaime Alcalde y Patricio Carvajal. Asimismo, destacaría también el nivel de los expositores y de las ponencias. Creo que estas jornadas son testimonio de que la calidad académica de las profesoras y profesores de Derecho Civil en Chile es muy alta, y que el desarrollo dogmático de la disciplina goza de muy buena salud. Finalmente, destacaría el ambiente de camaradería y cordialidad que se vivió durante todas las jornadas, que fueron una excelente oportunidad para formar lazos tanto académicos como de amistad entre quienes nos dedicamos al cultivo de esta disciplina.